LA ÑAPA

LA ÑAPA

Consulta aquí los términos y condiciones de nuestro incentivo en el premio de tu chance de 3 cifras.

Aplican términos y condiciones.

Quien participe en el incentivo sin cobro encime, que para efectos de mercadeo se establece como LA ÑAPA, admite haber leído, entendido y aceptado los presentes términos y condiciones y se sujetará al cumplimiento de las mismas para participar.

  1. Mecánica
    La dinámica de este incentivo consiste en motivar la apuesta de los clientes, ofreciendo porcentajes adicionales determinados por el organizador, sobre el valor de las apuestas realizadas en la modalidad tres (3) cifras directo, generando en consecuencia un mayor valor sobre el total del premio correspondiente.
  2. Organizador
    SuperGIROS, Sociedad establecida de conformidad con las leyes de la República de Colombia, (En adelante “Organizador”). 
  3. Participantes y Territorio
    Cubrimiento: El incentivo sin cobro sólo aplica en el departamento de Bolívar.
    Podrán participar en éste incentivo sin cobro, todas las personas mayores de edad que realicen apuestas en chance tradicional de tres cifras directo, en cualquiera de nuestros puntos de venta, terminales móviles o app de SuperGIROS Móvil con cualquier lotería o sorteo. 
  4. Vigencia
    El incentivo continúa desde el pasado 15 de octubre de 2021.
    El Organizador se reserva el derecho de establecer y pronunciarse sobre aquellas situaciones o circunstancias que no estén expresamente previstas, reservándose así mismo el derecho de cancelar, suspender o modificar éste incentivo por circunstancias no previstas y que sean ajenas a la voluntad del Organizador, aclarándose que, cualquier modificación será ajustada a la legislación.
     
  5. Premio
    El incentivo consiste en otorgar un porcentaje adicional sobre el valor apostado por el cliente, en consecuencia, en caso de ser ganador del premio se recibirá un mayor valor al momento de liquidar el premio. 
  6. Disposiciones Generales
    El premio es personal e intransferible y solo podrá ser reclamado por la persona que tenga el volante original, con fotocopias de un documento de identidad válido. (Cédula de Ciudadanía, Pasaporte o Cédula de Extranjería)
    Para reclamar el incentivo debe presentarse en cualquiera de nuestras oficinas principales con los documentos antes descritos. Si el premio supera los $500.000 se debe diligenciar un Formato de Identificación de Ganador adicional.
FACTURA GANADORA

FACTURA GANADORA

Paga tus servicios públicos o convenios de catálogo en los más de 2.000 puntos en todo el departamento y gánate el valor de tu factura, con el sorteo de la lotería del día.

Aplican términos y condiciones.

Quien participe en la actividad promocional admite haber leído, entendido y aceptado los presentes términos y condiciones y se sujetará al cumplimiento de las mismas para participar.

  1. Organizador
    SuperGIROS, sociedad establecida de conformidad con las leyes de la República de Colombia, (En adelante “Organizador”).
  2. Participantes y Territorio
    Cubrimiento: La actividad promocional solo aplica en el departamento de Bolívar.
  3. Inicio
    La actividad promocional inició desde el 13 de septiembre de 2021.

Para las facturas canceladas por nuestros medios de catálogos de venta directa el promocional inició desde el 10 de mayo  de 2022.

  1. Premio
    Aplica para facturas de cualquier monto.
    El pago del promocional corresponde al valor neto de la factura cancelada por el cliente el cual dependerá del catálogo de venta directa Marketing Personal o de servicio público cancelado de la siguiente forma:

Las facturas de los servicios públicos de agua, gas y energía, expedida por las empresas de servicios públicos domiciliarios, Aguas de Cartagena, Surtigas S.A. E.S.P. y Afinia – Grupo EPM; el premio que recibirá el cliente ganador será del valor que se haya cancelado en nuestro punto de venta y que aparezca en la factura o desprendible de pago, en cualquier caso se tendrá un tope máximo de $500.000 por premio.

Las facturas que correspondan al segmento de Afinia – Mercados Especiales el premio mínimo que se reconocerá al cliente ganador serán de $20.000 hasta $500.000.

Solo se paga el premio a la persona que presente el comprobante original de pago (comprobante blanco, no copias) sin enmendaduras, tachaduras ni deterioro. Para tal efecto debe acreditar su identidad presentando su cédula original y fotocopia de la misma.

Se tendrán como documentos válidos de identificación para reclamar el premio pasaporte vigente y original, cédula amarilla holograma y/o cédula de extranjería.

Si al momento de realizar el pago se presenta un error en el sistema que impida la impresión del tiquete no habrá soporte de la transacción y no se podrá tramitar el pago, ya que no será válido para el pago del premio, comprobantes que sean reimpresos (copia).

  1. Vigencia.

Los ganadores del promocional cuentan con un término máximo de treinta (30) días calendario, contados desde la fecha del sorteo para reclamar el valor ganador.

Sorteos           
El cliente debe indicar un número de 4 cifras al vendedor, el cual debe coincidir de manera directa con el sorteo autorizado (no combinado ni invertido).

El número suministrado jugará con las 4 cifras de la lotería principal del día en que se realizó la transacción.

Las loterías jugarán de la siguiente manera:

LUNES: Cundinamarca
MARTES: Cruz Roja
MIÉRCOLES: Valle
JUEVES: Bogotá
VIERNES: Medellín
SÁBADO: Boyacá
DOMINGO: Caribeña Festiva Noche

Solo podrán acceder a los premios quienes cumplan con las condiciones establecidas en el presente documento.
Para que los clientes  se reputen como ganadores se deberá:

  1. Que el participante se acerque a reclamar el premio a una de nuestras oficinas principales ubicadas en los municipios del departamento de Bolívar, dentro de los 30 días calendario siguientes a la fecha de realización del sorteo dónde resulte ganador el número indicado al momento del pago de su factura.
  2. Presentación de la cédula de ciudadanía original amarilla con hologramas y copia de la misma ampliada al 150% o cualquier otro documento de los señalados como equivalentes en el punto 4 de la presente.

Si por cualquier motivo el participante se imposibilitara temporal o definitivamente para reclamar el premio, este quedará cancelado definitivamente, sin que proceda el reconocimiento y pago de indemnizaciones y/o compensaciones de ninguna especie, de manera que el ganador desde ya renuncia en forma irrevocable a cualquier acción legal en contra del Organizador en esta materia. Si el participante decide no reclamar su premio, éste se pierde automáticamente, quedando desierto, sin derecho a compensación de ningún tipo.

  1. Disposiciones Generales

Este promocional no es una apuesta de chance, hace parte del programa de mercadeo y recaudo de facturas del organizador.
Aplica para el pago de facturas de: catálogo de venta directa Marketing Personal, Afinia, Aguas de Cartagena y Surtigas.

Se deja expresamente aclarado que la posibilidad de participar en esta actividad que inicia el 10 de Mayo  del 2022 , y que la falta de retiro de los premios dentro de los plazos hará perder en forma automática el derecho al premio y a formular reclamo alguno como consecuencia de la participación en esta actividad.

Los ganadores al momento de le entrega del premio deberán suscribir el documento proporcionado por el Organizador donde conste la entrega del mismo.

El ganador presta su consentimiento al organizador y autoriza para ser filmado o fotografiado y este material podrá ser utilizado por el organizador para publicitar por cualquier medio conocido la promoción y/o para los efectos que consideren el Organizador. La utilización de los datos, imagen o voz de los participantes anteriormente descritos, no implica remuneración ni beneficio alguno para el ganador.         
No obstante, lo anterior, el titular de los datos podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, así como revocar su consentimiento para el envío de comunicaciones comerciales enviando una carta a la dirección del Organizador: el barrio El Rubí, Transversal 54 #30-105 Cartagena – Colombia.   
La presente actividad se regirá e interpretará de conformidad con las leyes de República de Colombia.    
El Organizador será el único responsable por la dinámica de la actividad y como tal resolverá cualquier solicitud, queja o reclamo, y de responder a los consumidores ante cualquier inconveniente que se genere por la misma. De igual forma se reserva el derecho de establecer y pronunciarse sobre aquellas situaciones o circunstancias que no estén expresamente previstas, reservándose así mismo el derecho de cancelar, suspender o modificar esta actividad por circunstancias no previstas y que sean ajenas a la voluntad del Organizador, aclarándose que, cualquier modificación será ajustada a la legislación.